CONSEJO DE ESTADO MANTIENE OBLIGACIONES DE EMPRESAS DE AVIACIÓN SOBRE EL PAGO DE PENSIONES

El Consejo de Estado declaró legal la norma que obliga a las empresas de aviación aportantes a la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Caxdac) a seguir asumiendo el pago de las pensiones de los afiliados hasta cuando se hayan entregado los aportes que, según las proyecciones, sean necesarios para financiar el pago a los pensionados.

La norma fue demandada porque supuestamente generaba un trato discriminatorio a los aviadores civiles. A juicio del demandante, esta disposición no aseguraba el pago de las pensiones a los afiliados; les obligaba a permanecer en un fondo privado y generaba que los empleadores no solo fueran los aportantes, sino que continuaran con la carga pensional sin poder ser exonerados de ello.

El Consejo de Estado negó las pretensiones. En su criterio, esta disposición desarrolla fielmente un mandato legal que señala que las obligaciones de las empresas aportantes a Caxdac finalizaban con la “entrega íntegra del valor del cálculo actuarial de cada aviador”, es decir el valor que, según las proyecciones, es necesario para poder responder con las obligaciones asumidas en materia pensional.

Según la alta corte, no se viola el derecho a la igualdad, dado que la norma ofrece el mismo derecho a la pensión a todos los que obtengan los requisitos para ello en este ramo. Tampoco viola el derecho a la propiedad, porque se pretende hacer efectivo el pago de una deuda asumida con anterioridad a la entrada en vigencia del régimen de seguridad social en pensiones de 1993.

Al examinar esta misma norma en el 2005, el Consejo de Estado determinó que esta disposición lo que hace es reafirmar el deber legal atribuido a las empresas aportantes de Caxdac de asumir el pasivo pensional hasta completar el total del valor del cálculo actuarial. De ahí que la alta corte haya determinado que debe mantenerse lo resuelto en dicha sentencia, que previó que la norma no dio lugar a que el Gobierno se excediera en uso de su facultad reglamentaria.

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