• Inicio
  • ¿Quiénes somos?
    • Nuestra Institucion
    • Organigrama
    • Sala Plena
    • Sala de Gobierno
    • Presidencia
    • Reglamento Interno
    • Normativa
    • Historia
  • Nuestra Jurisdicción
    • Función Jurisdiccional
      • Sala de lo Contencioso Administrativo
      • Sección Primera
      • Sección Segunda
      • Sección Tercera
      • Sección Cuarta
      • Sección Quinta
      • Salas especiales de decisión
    • Función Consultiva
    • Tribunales y Juzgados
      • Mapa judicial
  • logo
  • Comunicaciones
    • Prensa
    • Publicaciones
  • Consultas
    • Consulta de Procesos
    • Servicios en línea
  • Relatoría
    • Boletín de Jurisprudencia
    • Buscador Tradicional
    • Buscador de relatoría
    • Sala - Sección
  • Contáctenos
    • Canales de Atención
    • Directorio
    • PQRSD
      • Solicitud PQRSD
      • Respuesta PQRSD anonimas o devueltas

POR MUERTE DE FUNCIONARIO EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, CONDENAN A ANTIOQUIA, MEDELLÍN Y EL VALLE DE ABURRÁ

El Consejo de Estado condenó al departamento de Antioquia, al municipio de Medellín y al Área Metropolitana del Valle de Aburrá a pagar más de 526 millones de pesos a la familia de un funcionario que falleció en un accidente automovilístico, que se produjo durante una actividad organizada por la Secretaría de Educación de la capital antioqueña.

El accidente se produjo el 5 de mayo del 2000 en el kilómetro 31 de la vía que de Santa Fe de Antioquia conduce a Medellín, cuando un bus a cargo de la Secretaría rodó por un abismo, tras su intento por eludir otro vehículo que transitaba en sentido contrario.

La familia de la persona fallecida interpuso una demanda de reparación directa buscando ser resarcida económicamente por las entidades estatales involucradas en este caso. Ante la frustración de sus pretensiones por el fallo desfavorable que emitió el Tribunal Administrativo de Antioquia, los accionantes interpusieron un recurso de apelación que le correspondió resolverlo al Consejo de Estado.

La alta corte encontró probada la responsabilidad estatal, al concluir que el ancho inadecuado de la vía en el lugar donde se produjo el accidente, sumado a la falta de señalización que advirtiera esa condición a los conductores, elevaron la exposición al riesgo sobre la ocurrencia del infortunado hecho.

Para el Consejo de Estado, si bien es cierto que las entidades que disponen el transporte de sus servidores en un vehículo bajo su control, como era el caso de la Secretaría de Educación, deben asumir los riesgos intrínsecos a esta actividad, la omisión legal de las entidades responsables del mantenimiento del estado de las vías y la señalización elevó el riesgo de una manera que no estaba permitido.

Esta última circunstancia es la que lleva a que los costos y la responsabilidad por la condena la deban asumir el departamento de Antioquia, el municipio de Medellín y el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, responsables del manejo de las vías, y no la Secretaría de Educación de la capital antioqueña, que fue la entidad responsable del tránsito del bus.

VER FALLO

Volver

  • Sección Primera
  • Sección Segunda
  • Sección Tercera
  • Sección Cuarta
  • Sección Quinta
  • Sala de Consulta
  • Sala Plena
  • Boletín de Jurisprudencia
.