La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en sesión de la fecha aprobó la ponencia de fallo a través de la cual se confirmó la decisión proferida el pasado 20 de febrero de 2009 por la Sala Séptima Especial de Decisión, con la cual denegó la solicitud de pérdida de investidura presentada contra el congresista Seuxis Paucias Hernández Solarte, conocido con el alias de «Jesús Santrich».
Según la causal invocada, prevista en el numeral 3 del artículo 183 de la Constitución Política, los congresistas serán sancionados con pérdida de investidura por no tomar posesión del cargo dentro de los 8 días siguientes a la fecha de instalación de las Cámaras o a la fecha en que fueren llamados a posesionarse, salvo cuando medie fuerza mayor, según el parágrafo del mismo artículo.
En el caso concreto, el Consejo de Estado encontró, en virtud del principio constitucional de presunción de inocencia, que el hecho de la privación de la libertad del congresista no le es imputable a este y cumple con los tres elementos de la fuerza mayor porque:
Esta Alta Corporación enfatizó que es contrario a este régimen sancionatorio especial definir anticipadamente que el congresista sí incurrió en las conductas penales que se le imputan en los Estados Unidos de América. Por lo tanto, como la captura ocurrió con unas finalidades específicas preventivas para surtir el trámite de extradición, esta constituye fuerza mayor para los efectos del estudio de la causal de pérdida de investidura imputada en este proceso.
Frente esta decisión mayoritaria, salvaron su voto los magistrados, Guillermo Sánchez Luque y Jaime Rodríguez Navas quienes consideran que la situación de privación injusta de la libertad la que se vio enfrentado el señor Hernández Solarte no encaja dentro del concepto de fuerza mayor.
SALVAMENTO DE VOTO DR. JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS
SALVAMENTO DE VOTO DR. GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE