El Consejo de Estado advirtió al Ministerio de Educación y a las secretarías del ramo en los entes territoriales del país que es su obligación velar para que todos los prestadores del servicio educativo alcancen las condiciones para el retorno gradual y progresivo de los alumnos a las aulas.
Para la alta corte, la virtualidad no ofrece las mismas ventajas que la presencialidad y, por esa razón, la prestación de los servicios educativos bajo el modelo de trabajo en casa no debe mantenerse más allá de le estrictamente necesario.
La determinación obedece al control automático de legalidad que efectuó la alta corte alrededor de la directiva No. 11 expedida por el Ministerio de Educación el 29 de mayo del 2020. Este acto administrativo contiene orientaciones para la adaptación del servicio educativo a las condiciones de la emergencia sanitaria decretada a raíz de la aparición de la COVID-19. Dado que la medida fue expedida por una autoridad del orden nacional, en desarrollo de la emergencia social, económica y ecológica que adoptó el Gobierno, le correspondió a la corporación judicial examinar la legalidad del acto.
La determinación administrativa objeto de examen judicial establece los elementos a tener en cuenta para la continuación de labores a través del trabajo en casa, las condiciones para el retorno gradual y progresivo a las aulas, los lineamientos para la organización del calendario académico, entre otros elementos.
Según el Consejo de Estado, la directiva se ajusta a derecho, entre otras circunstancias, porque fue expedida en desarrollo de la emergencia social, se adecúa a las normas superiores que sirvieron de base a su expedición y fue emitida por la autoridad competente. Según el fallo, el acto administrativo se acoge a todos los requisitos formales y materiales exigibles en este caso.
“(…) Esas medidas -que buscan reforzar el trabajo mancomunado entre el Gobierno Nacional, las entidades territoriales y los establecimientos educativos-, no solo son necesarias para adaptarse a la nueva prestación del servicio educativo, sino que además son adecuadas para construir estrategias que permitan garantizar el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes en el marco de la crisis sanitaria generada por la aparición del coronavirus”, dice la providencia.
Sin embargo, la Sala advirtió que era necesario equilibrar el ejercicio del derecho a la salud con los elementos mínimos esenciales del derecho a la educación. Por eso razón, el Consejo de Estado hizo un llamado a las autoridades involucradas en la prestación de servicios educativos para que, haciendo uso de sus competencias, avancen en la implementación de este modelo, para garantizar el derecho superior de los menores. Por esta razón advirtió al Ministerio y a las secretarías de educación que es su deber velar para que se cumplan las condiciones de retorno progresivo y gradual a las aulas, debido a las limitaciones que ofrece la prestación del servicio bajo la modalidad de trabajo en casa.