Por haber incurrido en irregularidades en el concurso de méritos realizado por el Concejo Municipal de Apartadó (Antioquia), la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección del personero de esa población antioqueña Juan David Ospina Arboleda.
La decisión se adoptó luego de probarse que las empresas Fedecal y Creamos Talentos, que fueron contratadas por el cabildo, no se encontraban facultadas para llevar las labores de asesoría, acompañamiento y apoyo al Concejo de Apartadó dentro del concurso de méritos para la elección del personero municipal, por cuanto no tienen el requisito legal de estar categorizadas como “especializadas en procesos de selección de personal”.
Con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, la sala electoral accedió a las pretensiones de la demanda y declaró la nulidad del acto mediante el cual se eligió al señor Juan David Ospina Arboleda como personero Municipal para el periodo 2020-2024, confirmando así la decisión que, en primera instancia, adoptó el Tribunal Administrativo de Antioquia.