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CONSEJO DE ESTADO DECLARA LEGAL NORMA QUE CONDICIONA EL PAGO DE LAS PENSIONES

El Consejo de Estado declaró legal la norma por medio de la cual el Gobierno condicionó el pago de las pensiones a que la respectiva caja, fondo o empleador haya trasladado a la entidad administradora de los recursos pensionales los dineros de los aportes que, se prevé, serán necesarios para cubrir las mesadas de los jubilados.

La directriz normativa fue demandada porque supuestamente daba lugar a obstaculizar el acceso a la pensión de los empleados, imponiéndole cargas no razonables.

El Consejo de Estado negó las pretensiones de nulidad formuladas alrededor de la norma. Consideró que la decisión del Gobierno estaba basada en la ley, que exige que el pago de la pensión solo se haga efectivo cuando se verifique que el bono o título pensional, a satisfacción, haya sido trasladado.

Frente a la supuesta exigencia desproporcionada que pudiera poner en riesgo los derechos del trabajador, la corporación judicial advirtió que este condicionamiento no podría ser exigible sin que los fondos, cajas o empleadores que faltaran a su deber de efectuar el traslado no se vieran expuestos a severas sanciones. Así lo previó la Corte Constitucional, según lo subraya este fallo.

Por estas razones, el Consejo de Estado concluyó que la norma no era contraria la ley ni daba lugar a que los empleados pudieran quedar expuestos a no disfrutar de sus derechos pensionales.

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