El riesgo de confusión entre los consumidores puede conducir a la cancelación del registro que se les concede a las marcas de los diferentes productos del mercado. Por esta razón, el Consejo de Estado declaró la nulidad del registro que la Superintendencia de Industria y Comercio le otorgó a la marca Bastión, que identifica un tipo de “productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas, pesticidas”.
La decisión obedece a la demanda que interpuso Casa Bernardo Ltda., titular de la marca Gastión. La accionante solicitó que se declararan nulos los actos administrativos que le permitieron a su enfrentada hacer uso de la marca Bastión. A su juicio, la existencia de esta firma conducía al riesgo de que los consumidores confundieran ambos productos, debido a la semejanza ortográfica y fonética de las dos marcas que, en ambos casos, identificaban “productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas, pesticidas”.
El Consejo de Estado accedió a las pretensiones. Declaró la nulidad del registro, debido a la similitud entre ambas marcas, que identifican un mismo tipo de producto y que se comercializan por el mismo tipo de canales de distribución y hasta por los mismos medios de publicidad.
Para la alta corte, se cumplen las previsiones que sobre propiedad intelectual ha tenido en cuenta la Comunidad Andina de Naciones para evitar la confusión entre dos marcas.