El Consejo de Estado le ordenó a Empresas Públicas de Medellín (EPM) y a la Alcaldía de Bello adelantar las acciones necesarias para que los habitantes de los sectores El Pinar y Manantiales de la vereda Granizal, en ese municipio antioqueño, superen el déficit de acceso a agua potable que están padeciendo, ante la falta de un sistema regular de acueducto y alcantarillado.
Para garantizarlo, estas entidades deben disponer de un medio idóneo para suministrar el servicio, mientras se establece una solución definitiva a la problemática. Además, deben estudiar la factibilidad de la instalación de un sistema de acueducto y alcantarillado y ocuparse de su eventual preparación, ejecución y puesta en marcha o reubicar a la población afectada.
Los hechos que originaron la decisión se remontan a una acción popular que interpuso un grupo de ciudadanos en defensa de los derechos colectivos de los habitantes de El Pinar y Manantiales, quienes, ante la falta del servicio, se han visto abocados a recurrir a distintas fuentes alternativas de agua, que no solo han afectado y puesto en riesgo su salud sino que han elevado el riesgo de desastres en la zona.
La acción, que fue conocida en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Antioquia, llevó a que esa corporación judicial amparara los derechos reclamados mediante una serie de directrices encaminadas a solucionar los problemas de falta de acceso a agua potable que padece esta población.
En segunda instancia, el Consejo de Estado ratificó la responsabilidad de las entidades accionadas y estableció una serie de compromisos de la Alcaldía, EPM, la Gobernación de Antioquia, la Corporación Autónoma Regional de Antioquia (Corantioquia) y el Ministerio de Vivienda frente a necesidad de superar la situación que amenaza los derechos colectivos de estos pobladores.
La decisión obliga a la realización de un censo de los habitantes de la vereda Granizal, que permita identificar las poblaciones vulnerables, especialmente en El Pinar y Manantiales para que, en compañía de la EPM, se adelanten los estudios de factibilidad de la construcción de un sistema de acueducto y alcantarillado. Si el proyecto es factible, deberán proceder a su ejecución.
Sin embargo, en caso de que los estudios hagan evidente la inviabilidad para la construcción del sistema, las personas afectadas por la carencia de suministro de agua potable deberán ser reubicadas en un lugar en el que sí puedan disfrutar de este servicio.
Finalmente, mientras no se produzca una solución definitiva, EPM y la Alcaldía de Bello deben garantizar el suministro de agua potable, en tanto que el ente territorial debe ocuparse de otorgar subsidios a los habitantes de Granizal que demuestren no estar en capacidad de costearse el servicio.