Con el fin de preservar el medio ambiente y proteger la pesca artesanal a la que se dedican las familias de las zonas costeras del Chocó, el Consejo de Estado, a través de su Sección Primera, le ordenó a varias entidades estatales adoptar un plan para controlar la pesca industrial en los ecosistemas marinos y áreas costeras que allí se viene desarrollando.
Esto a raíz de una acción popular que obliga a los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Agricultura y Desarrollo Rural, a la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca y a la Corporación Autónoma para el Desarrollo Sostenible del Chocó, que adopten, dentro del plazo de cinco (5) meses, un plan que permita cesar, mitigar, prevenir, controlar y sancionar las conductas que atenten contra el medio ambiente y contra los intereses de los pescadores artesanales. En ese mismo lapso, y con la participación de las comunidades afectadas y sus representantes, las accionadas deben verificar si las dimensiones de la Zona Exclusiva de Pesca Artesanal (ZEPA) en el litoral pacífico chocoano son las adecuadas, bajo la premisa de no disminuir la actual delimitación.
Por otra parte, el Cuerpo de Guardacostas de la Armada Nacional con jurisdicción en Chocó contará con un mes para reforzar y actualizar los procedimientos de vigilancia empleados para la protección del ecosistema marino y de la actividad de pesca industrial, plan que deberá ser puesto en marcha una vez los organismos ya enunciados entreguen los resultados de la adopción de los estudios técnicos que debe aportar para superar este déficit de protección de los derechos e intereses colectivos.
Las mencionadas entidades, asistidas por la Armada Nacional, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y un representante de las Veedurías ciudadanas que tengan interés en el asunto, deberán conformar un comité de verificación de cumplimiento del fallo popular.
LA DEMANDA
La acción la interpusieron la Federación de Trabajadores de la Pesca Artesanal de la Costa Pacífica Chocoana (Fedepesca) y el Consejo Comunitario de Los Delfines, por considerar que ciertas acciones y omisiones de las entidades demandadas dieron lugar a afectar los derechos colectivos al goce de un ambiente sano y a la existencia del equilibrio ecológico, al permitir que la sobreexplotación de recursos pesqueros que adelantan compañías del ramo a nivel industrial provocara impactos negativos en la preservación del medio ambiente en la costa marina chocoana, así como en el desarrollo de las principales actividades económicas de las que se deriva el sustento de la mayor parte de la población de menores ingresos en la zona.
En el escrito de la demanda se señala que ese tipo de actividades a escala industrial ha provocado contaminación por el vertimiento de combustible; afectación de ecosistemas marinos; altos índices de muerte de especies estratégicas como los como tiburones, tortugas, delfines y picudos; peligro de extinción del recurso pesquero por sobreexplotación de flotas industriales de atún y camarones, entre otros fenómenos nocivos.
Según las accionantes, este panorama ha afectado el desarrollo de la pesca artesanal, de la que depende el sustento de varias familias que, por años, se han dedicado a esta actividad en ejercicio de un tipo de conocimiento que ha sido transmitido de generación en generación. Aducen, además, que afectaciones como las descritas, han provocado la disminución de actividades como la pesca deportiva, el buceo y otras relacionadas con el turismo que, aseguran, ha sufrido una fuerte caída como consecuencia de estos hechos.
EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, órgano judicial que conoció el caso en primera instancia, ordenó proteger los derechos colectivos de los afectados. Para lograrlo, las accionadas estaban a obligadas a adoptar, en cinco meses, un plan de intervención para cesar, mitigar, prevenir, controlar y sancionar los impactos ambientales derivados de la práctica de la pesca industrial en la zona, actuando con especial protección y estímulo a favor de la pesca artesanal.
Idéntico plazo le dio el Tribunal a estos organismos para que, en compañía de asociaciones y grupos de la sociedad civil que representan a pescadores artesanales y aquellas que actúan en favor de la protección del ecosistema marino, elaboren un estudio técnico en el cual se evalúe la ampliación de la ZEPA en el litoral pacífico chocoano, para optimizar su funcionamiento y sin que sea posible disminuir sus actuales dimensiones.
Como consecuencia de esta decisión, el Cuerpo de Guardacostas de la Armada Nacional con jurisdicción en Chocó estaba obligado a actualizar el plan de vigilancia y control con el que cuenta para garantizar la protección del ecosistema marino y para la actividad de pesca industrial.
La decisión fue impugnada por los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el de Agricultura y Desarrollo Rural. La primera de estas carteras adujo no ser la responsable de las competencias que exige esta acción popular para preservar los derechos colectivos, en tanto que la segunda expuso su participación en los planes de intervención para el ejercicio regulado de la pesca industrial en la zona.
DECISIÓN DEL CONSEJO DE ESTADO
La alta corte ratificó la necesidad de proteger los derechos colectivos protegidos en el fallo de primer grado. Sostuvo que la sobrepesca y captura incidentales y no selectivas que se viene registrando en la zona representa una grave amenaza a los ecosistemas marinos y costeros. Además, encontró que los pescadores de la región solo cuentan con una pequeña ZEPA en el norte del Chocó y que las instituciones han sido negligentes para procurar su ampliación.
Para la corporación judicial, es evidente que la pesca industrial está afectando la alimentación, subsistencia, bienestar, calidad de vida y hasta integridad étnica de las comunidades, que han visto en la pesca artesanal no solo una alternativa económica sino un conjunto de conocimientos que constituyen un proyecto de vida que se produce en conexión con los ecosistemas marinos, que es necesario proteger.
Al valorar el tipo de afectación y las atribuciones legales de los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el de Agricultura y Desarrollo Rural, el Consejo de Estado determinó que estas sí cuentan con las competencias para adoptar las medidas que aquí se requieren para proteger los derechos de las comunidades afectadas.
Además, sentenció que el avance con respecto a la superación de la verificación de la afectación de los ecosistemas marinos a causa de la pesca industrial advertida en primera instancia, es nula, de donde se desprende la renuencia de la cartera de ambiente para coordinar la conservación de estos entornos en el Chocó biogeográfico. A juicio de la alta corte, el Ministerio ni siquiera entregó evidencia de haber verificado o haber estado estudiando el impacto ambiental ni el costo económico, tanto del deterioro, como de la conservación de estas zonas.
Así las cosas, además de ratificar el fallo del Tribunal, el Consejo de Estado ordenó que los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el de Agricultura y Desarrollo Rural, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó (Codechocó) y la Armada Nacional, junto con distintas personas de derecho público y privado -especialmente aquellas de carácter técnico y científico-, conformen una mesa de trabajo a la que se aportarán conocimientos para concretar el cumplimiento del fallo. Esta instancia se reunirá cada tres meses para verificar los avances en el cumplimiento del fallo, que serán consignados en un informe que será entregado al Tribunal Administrativo de Cundinamarca.