• Inicio
  • ¿Quiénes somos?
    • Nuestra Institucion
    • Organigrama
    • Sala Plena
    • Sala de Gobierno
    • Presidencia
    • Reglamento Interno
    • Normativa
    • Historia
      • Memoria Toma y Retoma Palacio
  • Nuestra Jurisdicción
    • Función Jurisdiccional
      • Sala de lo Contencioso Administrativo
      • Sección Primera
      • Sección Segunda
      • Sección Tercera
      • Sección Cuarta
      • Sección Quinta
      • Salas especiales de decisión
    • Función Consultiva
    • Tribunales y Juzgados
      • Mapa de la oferta judicial
      • Directorio de la jurisdicción de lo contencioso administrativo
  • logo
  • Comunicaciones
    • Prensa
    • Publicaciones
  • Consultas
    • Consulta de Procesos
    • Servicios en línea
  • Relatoría
    • Boletín de Jurisprudencia
    • Buscador de relatoría
    • Sala - Sección
  • Contáctenos
    • Canales de Atención
    • Directorio
    • PQRSD
      • Solicitud PQRSD
      • Respuesta PQRSD anonimas o devueltas

Examen judicial al laudo arbitral del contrato de concesión para el sector II de la Ruta del Sol no violó derechos fundamentales: Consejo de Estado

La Sección Quinta del Consejo de Estado, en sesión de Sala del 24 de junio de 2021, resolvió en primera instancia las acciones de tutela ejercidas por las entidades bancarias que financiaron el proyecto vial denominado Sector II de la Ruta del Sol y las socias de la Concesionaria Ruta del Sol en contra del Laudo Arbitral que decidió las controversias contractuales con la Agencia Nacional de Infraestructura y las sentencias que se pronunciaron con motivo de los recursos de anulación contra este, manteniéndolas incólumes.

Lo anterior, al advertir que no se afectaron los derechos fundamentales invocados, que algunas de las reclamaciones que se dirigen contra el laudo fueron previamente resueltas en sentencia que cobró firmeza y, por tanto, hizo tránsito a cosa juzgada, que el fallo dictado por la Sección Tercera de esta Corporación resolvió de fondo sobre todas las causales de anulación encontrando las decisiones ajustadas al ordenamiento jurídico y a la jurisprudencia dictada por la Corte Constitucional.

Se encontró que la Concesionaria Ruta del Sol está sometida a proceso de liquidación obligatoria y que los bancos pueden ejercer ante la Superintendencia de Sociedades, como juez del concurso, las acciones de cobro judicial de los préstamos destinados a la financiación del proyecto vial.

El análisis de la Sección Quinta comprendió todos los aspectos que suscitaron la inconformidad de los accionantes, explicándose la conformidad de las decisiones.

Ver fallo

 

 

Volver

.