La Sección Quinta del Consejo de Estado, en sesión de Sala del 24 de junio de 2021, resolvió en primera instancia las acciones de tutela ejercidas por las entidades bancarias que financiaron el proyecto vial denominado Sector II de la Ruta del Sol y las socias de la Concesionaria Ruta del Sol en contra del Laudo Arbitral que decidió las controversias contractuales con la Agencia Nacional de Infraestructura y las sentencias que se pronunciaron con motivo de los recursos de anulación contra este, manteniéndolas incólumes.
Lo anterior, al advertir que no se afectaron los derechos fundamentales invocados, que algunas de las reclamaciones que se dirigen contra el laudo fueron previamente resueltas en sentencia que cobró firmeza y, por tanto, hizo tránsito a cosa juzgada, que el fallo dictado por la Sección Tercera de esta Corporación resolvió de fondo sobre todas las causales de anulación encontrando las decisiones ajustadas al ordenamiento jurídico y a la jurisprudencia dictada por la Corte Constitucional.
Se encontró que la Concesionaria Ruta del Sol está sometida a proceso de liquidación obligatoria y que los bancos pueden ejercer ante la Superintendencia de Sociedades, como juez del concurso, las acciones de cobro judicial de los préstamos destinados a la financiación del proyecto vial.
El análisis de la Sección Quinta comprendió todos los aspectos que suscitaron la inconformidad de los accionantes, explicándose la conformidad de las decisiones.