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NIEGAN SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LA ELECCIÓN DE MAGISTRADA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió la demanda interpuesta contra el acto de elección de la magistrada de la Corte Constitucional Paola Andrea Meneses Mosquera, pero negó la medida cautelar de suspensión provisional solicitada.

Los demandantes argumentan que en el proceso de elección se transgredieron normas constitucionales, pues el Presidente de la República elaboró discrecionalmente la terna a través de la que postuló a sus candidatos para reemplazar al magistrado de la Corte Constitucional saliente Carlos Bernal Pulido sin realizar convocatoria previa y “sin respetar el espíritu democrático de participación popular en el que se inspira la Constitución Política”.

Con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, la sala electoral admitió la demanda dirigida contra la elegida; contra el Presidente de la República, como responsable de la conformación de la terna, y contra el Congreso de la República, en su condición de órgano elector.

Sin embargo, se estimó que en este momento procesal no se advierte que las normas propias y especiales que rigen la elección y la previa conformación de la terna en el caso de vacancia absoluta del cargo impliquen una orden puntual para la realización de un concurso de méritos ni una convocatoria previa. Esto sin perjuicio de que, luego de encontrarse estructurado todo el proceso, la decisión al respecto pueda cambiar, pues la medida cautelar no constituye prejuzgamiento.

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