La decisión por medio de la cual se invalidó la cesión del recaudo del impuesto al alumbrado público de Tocancipá a la sociedad mixta que administre ese servicio en el municipio no violó derechos fundamentales. Así lo expresó el Consejo de Estado, al negar una demanda de tutela contra esa determinación judicial.
El accionante pretendía que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca se viera obligado a efectuar un nuevo juicio de constitucionalidad, frente al acuerdo por medio del cual el Concejo Municipal autorizó a la Alcaldía a crear una empresa que manejara el servicio de alumbrado público; en ese acto administrativo también se establecieron algunas atribuciones que tendría la nueva sociedad para administrar el sistema.
El Tribunal había declarado inconstitucional la medida por medio de la cual se autorizaba que la empresa que se creara para administrar el servicio obtuviera la cesión del recaudo del impuesto de alumbrado público o las rentas derivadas de dicho cobro durante 30 años.
Contra esta decisión, el Concejo Municipal interpuso una demanda de tutela. A su juicio, el Tribunal interpretó inadecuadamente la decisión de ceder el recaudo del impuesto, pues el municipio no iba a perder su titularidad; los recursos, dijo, serían transferidos a una fiducia, estableciendo un mejor camino para administrarlos, conservándose la propiedad y el control del ente territorial sobre los dineros. Sostuvo que no se tuvieron en cuenta documentos que sustentaban esta conclusión.
El Consejo de Estado negó la tutela. Precisó que, contrario a lo dicho por el demandante, los estudios técnicos y certificaciones que sustentaban el proyecto de modernización del sistema de alumbrado público de Tocancipá, no fueron incluidos o mencionados como antecedente de la iniciativa. Esto significa que el reproche sobre la supuestamente inadecuada valoración de las pruebas va encaminado a desvirtuar las conclusiones del juicio de constitucionalidad del Tribunal, lo que constituye un escenario que está vedado para el juez, cuando se trata de resolver una acción de tutela contra providencia judicial.