El Tribunal Administrativo de Caldas negó las pretensiones de la demanda que buscaba que se declarara la nulidad de la elección de Jesús Antonio Alzate Echeverry como concejal de Filadelfia (Caldas), por supuesta doble militancia.
Según la demanda, a pesar de que el accionado fue avalado como candidato al Concejo Municipal para el periodo 2020-2023 por el Partido Conservador y dicha colectividad contaba con candidato propio a la Alcaldía de esa población caldense, hubo evidencias de que su campaña apoyó la candidatura del aspirante William Jairo Noreña del Partido de la Unidad Nacional (Partido de la U) para ocupar ese cargo, quien resultó electo.
La accionante aportó videos y fotografías en los que se evidenciaría el apoyo al candidato del Partido de la U, pues adujo que allí se percibe que en su sede de campaña había propaganda política a favor de esa candidatura. A su juicio, ello evidencia que desconoció la prohibición de doble militancia política.
El demandado negó que hubiera apoyado alguna candidatura a la Alcaldía. Adujo que su campaña se concentró exclusivamente en promover su aspiración al Concejo. Señaló además que la publicidad del candidato de la U que aparece reseñada en el material de prueba no fue instalada por su campaña. Aseguró que en ese lugar cualquier candidato tenía derecho a hacer uso de su propaganda, sin que ello implique que él incurrió en doble militancia.
El Tribunal Administrativo de Caldas negó las pretensiones, pues consideró que no se prueba que el demandado haya brindado apoyo a la candidatura a la Alcaldía de un partido ajeno a aquel en el que él militaba.
La corporación judicial explicó que el propio aspirante del Partido de La U negó haber recibido este respaldo. Aclaró que si bien es cierto que personas que apoyaron la aspiración electoral del demandado y la del candidato de La U, esa decisión era ajena a la voluntad del accionado y no implica que pueda endilgársele doble militancia. Finalmente, si bien el candidato a la Alcaldía del Partido Conservador, en el cual milita el demandado, aseguró que este último no le brindó respaldo alguno, la jurisprudencia del Consejo de Estado indica que esa situación tampoco implica que se materialice la doble militancia.