El Consejo de Estado ratificó el fallo por medio del cual el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró nulo el nombramiento provisional de la señora María Ximena Durán Sanín como ministra plenipotenciaria adscrita al Consulado General de Colombia en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
El acto fue demandado bajo el supuesto de que al momento de ser expedido otros funcionarios inscritos en la carrera diplomática y consular ya habían cumplido los requisitos legales para hacerse con este nombramiento.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca accedió a esas pretensiones, declarando la nulidad del acto de nombramiento, lo que llevó a que la funcionaria demandada y la Nación – Ministerio de Relaciones Exteriores interpusieran un recurso de apelación ante el Consejo de Estado, con la intención de dejar sin efectos la determinación tomada en primera instancia.
La alta corte mantuvo la decisión del Tribunal, al considerar que en el momento de producirse el nombramiento de la señora Durán Sanín, existía otro funcionario de carrera diplomática en la categoría de ministro plenipotenciario que ya había acumulado los requisitos legales para ser nombrado en la vacante que ocupaba la demandada.
A juicio del Consejo de Estado, este funcionario ya había superado el tiempo exigido legalmente en planta interna para ser trasladado al exterior, es decir que ya había cumplido su periodo de alternancia que lo dejaba en disponibilidad para ser nombrado en la vacante del consulado general de Colombia en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.