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Consejo de Estado decreta suspensión provisional del acto de Sara Vélez Cuartas como experta de la planta de personal de la CREG

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del acto de nombramiento de Sara Vélez Cuartas como experta de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

El acto fue demandado porque, a juicio del accionante, en este caso no se acreditaba el cumplimiento de un requisito consistente en contar con seis años de experiencia técnica en el sector energético. Además, adujo que la demandada estaba inhabilitada para el ejercicio del cargo porque, durante el año previo a su designación, ostentó el cargo de integrante de la junta directiva de la Electrificadora del Meta EMSA SA ESP. Sostuvo que, si bien este rol lo desempeñó en calidad de delegada del ministro de Minas y Energía, esta circunstancia no está prevista como excepción para los integrantes de juntas directivas de empresas de servicios públicos, como Ecopetrol.

Por estas razones, la parte actora también solicitó que se emitiera una medida cautelar, buscando que se suspendiera la designación, mientras se emitía un fallo que resolviera la controversia de fondo.

El Consejo de Estado consideró que la condición de miembro de la junta directiva de la Electrificadora del Meta que ejerció la funcionaria sí constituye el rol de administrador de una empresa de servicios públicos que la ley establece como un factor inhabilitante. Dado que la designación como experta de la CREG de la demandada se produjo antes del plazo de un año permitido por la ley para que no se configure tal factor inelegibilidad, la sala consideró que se daban las circunstancias para conceder la suspensión solicitada, en atención a la vulneración del numeral 2º del artículo 44 de la Ley 142 de 1994.

Esta determinación supone que, mientras no se decida otra cosa, el acto de designación de la servidora en esta comisión de expertos se mantendrá suspendido provisionalmente, hasta que se decida de fondo la demanda.