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Para reparar desplazamiento de indígenas Wuounaan, la Nación deberá entregar al Fondo de Protección de Derechos Colectivos más de $20.000 millones

El Consejo de Estado condenó a la Nación por no haber adelantado acciones que previnieran el desplazamiento forzado del que fue víctima el pueblo indígena Wounaan hace siete años. La responsabilidad estatal también se deriva de la falta medidas de atención que les permitieran a los aborígenes tener una vida digna durante su desplazamiento desde la cuenca baja del río San Juan, en Chocó y Valle, hacia Buenaventura (Valle), y por no garantizarles el retorno a su lugar de origen en condiciones de seguridad.

La condena obliga al Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, al Distrito de Buenaventura y a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (Uariv) a entregar al Fondo para Protección de los Derechos Colectivos 20.520 salarios mínimos mensuales vigentes, para que se repare a quienes hayan sido víctimas de este episodio, que obligó a centenares de indígenas Wounaan a abandonar los resguardos de Chachajo, Chamapurro y Aguaclara, huyendo hacia el puerto de Buenaventura. La cifra deberá cubrir los gastos de reparación de máximo 405 víctimas de este hecho. Como medida restaurativa, las condenadas deberán ofrecer excusas públicas a los indígenas, previa coordinación con sus autoridades sobre la hora, fecha y el lugar donde se adelantará el acto.

La corporación judicial comprobó la ocurrencia de una falla en el servicio, pues hubo omisión de medidas de seguridad que contrarrestaran la amenaza violenta de organizaciones criminales en el bajo San Juan, causa de la huida de los indígenas, y que continuó acechando a las víctimas durante el retorno a sus tierras. Además, se comprobó la falta de gestión del Distrito de Buenaventura y la Uariv para proporcionar los servicios y la atención humanitaria diferenciada que requerían estas comunidades durante el tiempo que permanecieron lejos de sus lugares de origen, afectando incluso su integridad étnica.

La decisión obedece a una demanda de acción de grupo que presentó un abogado, en representación de las comunidades de Aguaclara, Chamapurro y Chachajo, pertenecientes al pueblo indígena Wounaan, que habita la cuenca baja del río San Juan. La acción jurídica pretendía que a las víctimas se les reconocieran medidas económicas y restaurativas que repararan el daño causado por los hechos ya descritos.

La demanda señaló que, desde 2008, la Defensoría del Pueblo emitió una alerta temprana, por considerar que la presencia de grupos armados en la zona donde convivían estos pueblos indígenas constituía una amenaza. Según la acción jurídica, organizaciones ilegales cometían asesinatos, extorsiones, se apropiaban de tierras para cultivar sustancias ilícitas y mantenían enfrentamientos con el Ejército. Esas circunstancias habrían originado el desplazamiento forzado de los indígenas hacia Buenaventura (Valle) en septiembre y noviembre del 2015. Allí las condiciones de habitabilidad estuvieron marcadas por el déficit de acceso a alimentación y servicios, dijo la parte actora.

Para el demandante, acciones y omisiones de las autoridades dieron lugar al desplazamiento forzado, a lo que se suma su falta de gestión para garantizar a las comunidades afectadas una vida digna, mientras permanecían fuera de sus territorios. Además, alega que no se tomaron medidas para promover el retorno seguro de los indígenas. Por esa razón, se interpuso esta demanda, encaminada a obtener un resarcimiento económico y otras medidas de reparación colectiva no pecuniaria.

El Tribunal Administrativo del Valle negó las pretensiones, por considerar que la presencia del Ejército en la zona del desplazamiento y pruebas presentadas por la Defensoría del Pueblo sobre las ayudas que habrían recibido las comunidades, a raíz de su desplazamiento, evidencian que no hubo responsabilidad estatal en la producción del daño. Sin embargo, la decisión fue apelada ante el Consejo de Estado.

La alta corte determinó que las entidades estatales sí fueron responsables del daño que sufrieron las víctimas por su desplazamiento forzado, por la falta de atención que padecieron tras huir de sus tierras y por la inacción de tales estamentos frente al retorno seguro de los aborígenes. La sala encontró que el bajo San Juan, a pesar de haber generado un lazo ancestral inmemorial entre el pueblo Wounaan y la tierra, ha sido un lugar azotado por el abandono del Estado, que coincide con las rutas fluviales estratégicas del narcotráfico por constituir una salida segura al Océano Pacífico. La sala documentó así cómo el incremento de las masacres y el asedio de los grupos criminales, que se iniciaron en la década del 2000, ocasionaron el desplazamiento de personas pertenecientes a las comunidades en septiembre y noviembre del 2015.

Según el fallo, se constató que, durante el tiempo en el cual se prolongó el desplazamiento de los indígenas, estos fueron sometidos por calamidades como el acecho de la delincuencia común; déficit de alimentación; barreras en materia de educación bajo los criterios propios de su cultura y falta de acceso a servicios de salud. Se registró incluso la muerte de dos menores de la comunidad y las severas restricciones que padecieron los aborígenes para abordar este acontecimiento, bajo sus convicciones espirituales. Para la sala, además de los problemas de seguridad y proliferación de enfermedades, las víctimas vieron amenazado su derecho a la integridad étnica.

Adicionalmente, se evidenció que el retorno de los índígenas Wounaan al bajo San Juan estuvo marcado por el mismo asedio violento que generó su desplazamiento.

Todo lo anterior denota la falla en el servicio en la que incurrieron las autoridades demandadas, por no adelantar las acciones que permitieran prevenir el desplazamiento, a pesar de su inminencia, prevista en las alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo desde el 2008; por no implementar medidas de atención durante el tiempo que las víctimas permanecieron fuera de sus territorios y por no garantizar su retorno en condiciones de seguridad. De ahí la condena que se le impuso a las entidades.