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Consejo de Estado niega demanda que interpuso Gobierno Nacional contra Morales (Cauca) por supuesto incumplimiento en contrato de seguridad ciudadana

El Consejo de Estado negó una demanda que interpuso el Gobierno Nacional con el fin de que el Municipio de Morales (Cauca) le devolviera al Ministerio del Interior más de 1.000 millones de pesos. Según esa cartera, el ente territorial incumplió un convenio interadministrativo que celebraron las dos entidades el 5 de noviembre del 2013 para construir un centro de integración ciudadana, encaminado a promover la seguridad en la población. Según la alta corte, no se produjo tal incumplimiento.

El Gobierno había desembolsado estos recursos para que, a más tardar, el 30 de noviembre del 2014, se ejecutara el convenio, que obligaba a Morales a contratar los estudios y diseños necesarios para el desarrollo del proyecto de infraestructura. La demanda indica que el 5 de enero del 2017 del Ministerio le pidió a la administración municipal documentos que acreditaran el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, pero este no atendió tal requerimiento. Con respaldo del interventor, el Gobierno Nacional adujo que no se pudo verificar el cumplimiento del contrato, debido a que no fueron allegados los documentos que demostraran la ejecución.

Por estas razones, el Ministerio interpuso esta demanda, en ejercicio de la acción de controversias contractuales, con la intención de que se declarara el incumplimiento por parte del ente territorial y se le ordenara devolver las sumas que le fueron desembolsadas con la respectiva actualización de los valores a cifras del momento en el que se ejecutara el fallo que pusiera fin a la controversia.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Cauca negó las pretensiones de la demanda. Sostuvo que el no enviar los documentos a los que hizo alusión la parte actora no da lugar a declarar el incumplimiento contractual. Aclaró que el municipio sí efectuó las contrataciones a las que se había comprometido y que está comprobado que cumplió con la totalidad de las obligaciones asumidas a través del convenio interadministrativo. Además, aclaró que las certificaciones documentales que acreditaban la ejecución sí fueron enviadas al Ministerio.

Dado que el convenio no había sido liquidado, el Tribunal hizo los cálculos tendientes a este propósito y determinó que solo faltó por ejecutar poco más de 59.000 pesos. Sin embargo, no ordenó que se pagara ningún monto, al constatar que el municipio le reembolsó al Gobierno Nacional más de 6 millones de pesos.

El Ministerio apeló la decisión, para que el Consejo de Estado accediera a sus pretensiones. Sostuvo que el interventor del convenio certificó que los documentos no fueron enviados al Ministerio, impidiéndole verificar el cumplimiento y advirtió que esta constancia no fue controvertida por la autoridad demandada. Además, consideró que la devolución del saldo de los 6 millones de pesos obedeció a la devolución de los rendimientos financieros del desembolso de los más de 1.000 millones que hizo el Ministerio y no al saldo no ejecutado.

El Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda. Para la alta corte, según las pruebas del proceso, el municipio sí entregó los documentos en cuestión y la cartera del Interior no probó que los dineros que le entregó el ente territorial provinieran de los rendimientos financieros generados por los recursos desembolsados para la ejecución del convenio. Precisó que, al margen de lo manifestado por el interventor sobre algunos documentos que no fueron enviados, el Ministerio no alegó que de los certificados aportados por el municipio no pudiera darse por liquidado el convenio.

Además, aclaró que no se demostró que el saldo devuelto por el municipio obedeciera exclusivamente al cálculo de los rendimientos financieros del desembolso del Gobierno Nacional. Sostuvo que esa suma también incluye el saldo no ejecutado, por poco más de 59.000 pesos.